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IMAGEN | Conformación del Consejo Comunal de Seguridad Pública con fecha 27 de diciembre del 2016.

Consejo Seguridad Pública

Ley N° 20.965: Creación de Consejos y Planes Comunales de Seguridad Pública

En octubre de 2013 la Presidenta Michelle Bachelet, comprometió dentro de su Programa de Gobierno la “revisión de(l) marco institucional existente que permita facilitar el rol municipal en materia de seguridad ciudadana y de cooperación con la policía y la justicia” (Programa de Gobierno Michelle Bachelet 2014-2018, página 102).

Así, y dando cumplimiento a este compromiso, el día 4 de noviembre de 2016 se publicó la ley N°20.965, que permite la creación de los Consejos y Planes Comunales de Seguridad Pública, constituyéndose como el primer gran paso para una nueva política de estado en materia de seguridad ciudadana a nivel comunal.

La nueva normativa otorga al municipio un rol activo en materia de seguridad pública, entregándole nuevas funciones y atribuciones que permiten que éstos elaboren acciones y estrategias aplicables en sus respectivas comunas. A su vez, este nuevo marco legal formaliza la institucionalidad de la coordinación de los actores relevantes en materia de seguridad a nivel local, concibiendo al Consejo Comunal de Seguridad Pública como la instancia obligatoria para ello. Asimismo, crea el Plan Comunal de Seguridad Pública, que constituye un nuevo instrumento de gestión municipal que deberá fijar las orientaciones y las medidas que se dispongan como necesarias por el Alcalde y el Concejo Comunal en materia de seguridad pública.

Qué es el consejo comunal de seguridad pública

¿Qué es el consejo comunal de seguridad pública? Es un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y es además una instancia de coordinación de las instituciones a nivel local. Los consejos deben existir en todas las comunas.

¿Quiénes deben integrar el consejo comunal de seguridad pública? Es presidido por el alcalde y lo integrarán, a lo menos, las siguientes personas: el intendente regional, el gobernador o un funcionario que el intendente designe; dos concejales elegidos por el concejo municipal; un oficial o suboficial de Orden y Seguridad de Carabineros; un oficial de la PDI; un fiscal del Ministerio Público; dos representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil; un funcionario municipal que será designado por el alcalde como secretario ejecutivo del consejo; un representante de Gendarmería de Chile; un representante del Servicio Nacional de Menores; un representante de del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol (Senda).

Habrá además un representante del Servicio Agrícola y uno del Servicio Nacional de Aduanas en las comunas con pasos fronterizos, puertos y aeropuertos. En las comunas rurales también habrá un representante del SAG (sobre 20% de ruralidad) y en las comunas turísticas, habrá un representante de Sernatur.

¿Qué pasa con las comunas pequeñas? En los casos de aquellas comunas cuyo número de habitantes no supere las 5 mil personas, dos o más de ellas podrán constituir un consejo intercomunal.

¿Cuándo debe sesionar el consejo comunal? El alcalde convocará a sesión ordinaria, como mínimo, una vez al mes y, en forma extraordinaria, cada vez que lo estime necesario. Las instituciones participantes deben establecer compromisos cuyo cumplimiento se exigirá.

¿Siempre habrá un director de seguridad pública? Existirá un director de seguridad pública en todas aquellas comunas donde lo decida el concejo municipal, a proposición del alcalde. Para desempeñar este cargo se requerirá estar en posesión de un título profesional o técnico de nivel superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocidos por éste.

¿Qué es el plan comunal de seguridad pública? El plan comunal de seguridad pública es el instrumento de gestión que fija las orientaciones y las medidas que la municipalidad y los órganos que participan del consejo dispongan en materia de seguridad pública a nivel comunal.

Quiénes componen el Consejo de Seguridad Comunal

En nuestra comuna el Consejo Comunal de Seguridad Pública se conformó con fecha 27 de diciembre del 2016, con miembros titulares:

  • Concejala Sra. Juanita Barroeta Larrondo
  • Concejal Sr. Gonzalo Gayoso Sáez
  • Representante del Cosoc: Sr. Alfredo Palacios León
  • Representante del Cosoc: Sra. Aida Recabal
  • Sr. Representante Policía de Investigaciones: Hernán Mangas
  • Mayor de Carabineros Arauco: Sr. Christian Guerra Mardones
  • Fiscal Adjunto Ministerio Público: María Alejandra Monsalve
  • Representante de Senda: Elizabeth Maricán Rivas
  • Representante Gendarmería de Chile: Capitán Felipe Campos Leal
  • Representante Sename: Boris Guerrero Barra
  • Representante Sernam: Pamela González
  • Representante SAG: Sr. Raúl Flores
  • Secretaria Ejecutiva CCSP: Sra. Consuelo Urzúa Stoker
  • Secretario Municipal (s) Ministro de Fe: Mauricio Salazar Riffo

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